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TSA ordena mantener servicios de salud y protege a más de un millón de afiliados de ARS Primera y Futuro
El Tribunal Superior Administrativo (TSA) acogió este lunes una medida precautoria solicitada por la Dirección General de Información y Defensa de los Afiliados a la Seguridad Social (DIDA) y ordenó a la Asociación Nacional de Clínicas Privadas (ANDECLIP) abstenerse de suspender los servicios de salud a los afiliados de las ARS Primera y Futuro mientras se conoce el fondo de una acción de amparo colectivo.
La decisión fue adoptada durante una audiencia virtual celebrada a las 9:00 de la mañana y se fundamenta en el artículo 86 de la Ley 137-11, al considerar que existe un riesgo o posible amenaza al derecho fundamental a la salud de los afiliados. Con esta disposición judicial queda sin efecto, de manera provisional, la suspensión de servicios que ANDECLIP había anunciado para el próximo 14 de julio.
El tribunal acogió el argumento principal presentado por la DIDA, que sostuvo que las diferencias económicas entre actores del Sistema Dominicano de Seguridad Social no pueden traducirse en la interrupción de servicios esenciales para los afiliados, quienes son ajenos a la controversia existente entre las clínicas privadas y las administradoras de riesgos de salud.
Durante la audiencia, el Ministerio Público respaldó la solicitud presentada por la DIDA, considerando que la protección del acceso a los servicios de salud debe prevalecer mientras se dirime el conflicto.
La institución defensora de los afiliados reiteró su llamado a ANDECLIP y a las ARS involucradas a mantenerse en la mesa de diálogo coordinada por el Consejo Nacional de Seguridad Social (CNSS), con el objetivo de encontrar una solución consensuada a las diferencias tarifarias que han generado el conflicto.
La DIDA reconoció que los reclamos planteados por las clínicas privadas son legítimos y merecen atención por parte de las autoridades y los actores del sistema. Sin embargo, enfatizó que cualquier desacuerdo debe resolverse mediante los mecanismos institucionales establecidos por la ley, evitando que los usuarios del sistema sean perjudicados por decisiones que afecten la continuidad de los servicios médicos.
El director general de la DIDA, Elías Báez, valoró la decisión del TSA como una garantía para las familias dominicanas y destacó que la prioridad debe ser la protección de los pacientes.
“Lo que se ha protegido hoy no es a una institución, sino el derecho de más de un millón de personas a no ver interrumpida su atención en salud. Reiteramos nuestro llamado al diálogo: el camino para resolver las diferencias tarifarias son los mecanismos que la ley establece, no la interrupción de los servicios”, expresó el funcionario.
El TSA fijó la continuación de la audiencia para el próximo 15 de julio de 2026, fecha en la que se dará seguimiento al conocimiento del recurso. Mientras tanto, la medida precautoria permanecerá vigente, garantizando la continuidad de los servicios de salud para los afiliados afectados.
La DIDA informó que continuará dando seguimiento al proceso judicial y acompañando a los usuarios durante el desarrollo de la acción de amparo colectivo. Asimismo, exhortó a los afiliados que enfrenten dificultades o negativas en la prestación de servicios médicos a comunicarse de inmediato con la institución.
Para esos fines, recordó que su centro de atención telefónica opera las 24 horas del día, los siete días de la semana, a través del número 809-472-1900, donde los afiliados pueden reportar incidencias y recibir orientación, asistencia y acompañamiento en la defensa de sus derechos dentro del Sistema Dominicano de Seguridad Social.
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