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Madrid, 29 de septiembre (EFE). El máximo tribunal de España dictó este martes un veredicto que descarta la acción judicial interpuesta por el cantante Julio Iglesias contra la vicepresidenta segunda del Gobierno, Yolanda Díaz, bajo el argumento de una supuesta invasión a su honor y esfera privada.
El magistrado que preside la Sala Civil puntualizó que la causa no compete a esta instancia, pues la competencia corresponde a los juzgados civiles de primera instancia conforme a la normativa aplicable.
Los abogados de Iglesias sostuvieron que la mandataria realizó observaciones en su perfil de la red social Bluesky y durante la transmisión del programa televisivo ‘La Hora de la 1’ de RTVE, en enero pasado, en reacción a la denuncia presentada por dos exempleadas que acusaban al cantante de presuntos abusos sexuales; denuncia que la Fiscalía de la Audiencia Nacional decidió archivar.
En Bluesky, Díaz calificó los testimonios de las exempleadas como “escalofriantes” y expresó su gratitud a “las mujeres valientes y a las periodistas” que indagaron los “abusos sexuales y una situación de esclavitud con una estructura de poder basada en la agresión permanente”. En la entrevista televisiva, la vicepresidenta manifestó que la investigación le generaba “terror” y “pánico”, señalando que se concentraban “todas las vulneraciones de los derechos humanos” sobre mujeres que, según sus palabras, estaban en una “posición de inferioridad extrema” tanto como personas como trabajadoras del cantante.
El tribunal recordó que la Ley Orgánica del Poder Judicial otorga al Supremo competencia en materias de responsabilidad civil de miembros del Gobierno por actos realizados en el ejercicio de sus cargos, pero concluyó que en este caso las opiniones vertidas no guardan la conexión necesaria con el desempeño de sus funciones para justificar el aforamiento.
Según la Sala, aunque las declaraciones provienen de una autoridad aforada, no gozan de la protección propia del cargo, pues la vicepresidenta actuó como ciudadana y líder político, no como funcionaria en el ejercicio de sus atribuciones oficiales.
En la demanda, Iglesias exigía que Díaz admitiera que sus manifestaciones constituían una “intromisión ilegítima en el derecho al honor”, que se retractara públicamente y que le pagara una indemnización más las costas del proceso. Cabe mencionar que las dos exempleadas habían acusado al cantante de trata de personas con fines de trabajo forzado, agresión sexual, lesiones y delitos contra derechos laborales, aunque la Fiscalía archivó la denuncia por falta de jurisdicción y competencia de los tribunales españoles.


